REPORTAJE INÉDITO: "LA (INCOMPRENDIDA) LUCHA DE LOS DEFENSORES PÚBLICOS"
(Redactado en 2006, pero no publicado)
La Defensoría Penal Pública garantiza que todo ciudadano cuente con un abogado profesional que le represente si entra en el proceso judicial y no sea condenado si es inocente o no hay pruebas lícitas en su contra. Aunque, por ello mismo, sus impugnadores son legión. Es que si bien se les reconoce su empeño en evitar que paguen justos por pegadores, se les cuestiona que amparen a imputados por los delitos más diversos y exijan para ellos un “debido proceso”. Compleja misión la suya...
En la práctica, un detenido debe ser informado de sus derechos, entre los que está contar con un abogado. Si en la comisaría exige tenerlo y no cuenta con dinero para pagarlo, se presentará un defensor penal de turno. Si desiste de la defensa, de todas formas, antes de 24 horas irá a una audiencia de control de detención ante un juez. Tienen lugar de lunes a domingo en dos turnos, mañana y tarde, y en ellas se pondera, entre otras variables, la legalidad de la aprehensión y si ésta se realizó por delito flagrante o por orden judicial, .
En representación del Ministerio Público, el fiscal defiende el procedimiento aplicado. A su vez, el defensor revisa todos los antecedentes recopilados y recoge la versión del imputado. Si advierte algo anómalo, se lo expresa al juez, quien evalúa lo expuesto por las partes. Etapa más divulgada por la prensa, implica el riesgo de estigmatizar como culpable a un imputado, quien más encima enfrentará el nuevo proceso penal con altas dosis de desconocimiento.
A diario llega hasta el Centro de Justicia de avenida Pedro Montt, centro neurálgico de la Reforma Procesal Penal, al menos cerca de un centenar de personas a control de detención. Custodiadas por Gendarmería reciben un trato igualitario, dado que se exige que todo imputado sea presentado ante el juez en las mismas condiciones en que se recibió por lo que todo abuso queda consignado, desde ya si cuenta con agresiones atribuibles a las policías.
La Defensoría Penal Pública funciona desde el inicio de la Reforma Procesal (2001), asegurando a toda persona que entra al proceso penal, desde la detención y hasta la ejecución de la sentencia si así lo amerita, el servicio de abogados profesionales remunerados por el Estado. Servicio gratuito toda vez que no hay recursos, demanda pago parcial o total de existir posibilidad de cancelarlo.
Hasta 2006 y según antecedentes de la institución, más de 250 mil personas habían sido sus usuarios y sobre 400 defensores se desempeñaban, a la fecha, lo largo del país; en la región metropolitana, la única con dos defensorías, habían 160.
Defensores y fiscales se caracterizan por su alta calificación, experiencia penal y constante perfeccionamiento académico. Saben que encarnan la mayor revolución judicial republicana, lo que les llena de entusiasmo. Y si bien en las audiencias litigan duro, fuera de ellas mantienen relaciones cordiales.
Particularmente incomprendido por la población es el trabajo de los defensores, pues la lógica indica que quienes delinquen deberían irremisiblemente pagar con cárcel. Pero el sistema garantista de la Reforma Procesal obliga a evaluar las causas con pleno respeto a los derechos de los imputados, inocentes hasta que no se pruebe lo contrario, tal como explican aquí cuatro defensores públicos.
Alejandra Lobos, defensora de Lo Prado:
“¡Cómo es posible que defiendas a homicidas, violadores y asaltantes!”. Así me han dicho hasta en mi familia y seguramente cualquiera podría hacerlo. Mi respuesta es que todos, sin exclusión, tienen derecho a ser defendidos, incluso los delincuentes. Esto no es un incentivo al delito sino que hace valer el Estado de Derecho.
Podría creerse que la mayoría de los imputados son detenidos delinquiendo o bajo orden judicial. No es así. Mayoritariamente, atendemos a gente citada por la fiscalía por una denuncia. Hace unos días recibí a una pareja. El marido era acusado de amenazar a su esposa y para no ir a juicio se le propuso hacer terapia familiar por un año. Le pregunté que pasó. “Yo no la amenacé. Me interrogó sobre que haría si tuviera otro hombre y le contesté: “Ya lo veremos”. Y por eso me denunció”. La mujer respondió algo sorprendente: “Quiero separarme. Pensé que así me dejaría”. Más allá de la anécdota, era importante hacerle ver que su esposo sería formalizado por un delito y podía enfrentar juicio. ¿Qué le pasaría a ese hombre sin defensor? Quedaría a merced de una situación basada en una prueba falsa.
No siempre pedimos al juez la absolución del imputado. Ello sería insostenible ante un homicidio acreditado, por ejemplo. Trabajamos por un respeto al debido proceso con pruebas y testigos válidos, pues hay irregularidades de procedimiento. Como ejemplo: seis personas vienen en un taxi. En la maleta se halla una mochila con droga y el fiscal ordena detención para todos. En la audiencia, le dije: “Si fueran en una micro, tendríamos 40 detenidos”. Es que lo lógico antes de recluirlos era investigar de quien era la droga”.
Claudio Gálvez, (actual) defensor jefe de Árica:
“El nuevo sistema penal presume inocencia mientras dura una investigación y hasta que haya condena. Sabemos que se trata de un precepto impopular, pero no protege sólo a los eventuales procesados sino también a inocentes. Hace algunas semanas, dos defensores litigamos en un juicio a dos jóvenes acusados por robo con violencia e intimidación. La fiscalía pedía 10 años y un día de prisión para cada uno. Tras cinco meses de reclusión preventiva, uno fue absuelto y el otro recalificado y condenado a 61 días, dados por cumplidos. Eso nos causa frustración. ¿Quién les devuelve ese casi medio año de vida en la cárcel?
Además, la prensa va creando confusión. Casi se me cayó la cara cuando vi a un periodista relataba así la entrada de un imputado a una audiencia: “Este sujeto que muestra la cámara está acusado de violación”. Aún no estaba acreditada su culpabilidad, si la había... ¡y el hombre quedó ante todo Chile como violador! Así pasa mucho en las audiencias de control de detención, las más difundidas por los medios, cuando ni siquiera está claro si se formalizará un delito.
Si un imputado me dice que cometió un delito, éticamente no puedo sostener su inocencia, pero sí argumentar si hay o no pruebas para declararlo culpable. Se trata de que no se apliquen medios ilícitos contra nadie, no de establecer una “verdad” que sólo víctima y victimario conocen, porque de seguro ninguno de los actores de la Justicia estuvo en el lugar de los hechos. Hay que equilibrar la eficacia penal por la que los culpables debieran ir a prisión y los inocentes caminar en libertad. En una lucha diaria con los fiscales, trabajamos porque de tener que ir alguien a la cárcel lo sea por lo que corresponde. Ni un día más ni menos”.
Sandra Aro, defensora de Las Condes:
“Sí: aún hay irregularidades policiales en las detenciones pero han disminuido al haber obligación legal de que se lean los derechos a los aprehendidos, lo que de no respetarse se denuncia al juez. Es significativo que reclamen más por abuso de fuerza de los guardias de multitiendas que de carabineros. ¿Existe estigmatización contra los imputados que vienen de sectores de bajos recursos? Sí y no lo digo yo, sino que lo establecen estudios y cifras. Hay, claro, residentes de la comuna, pero la mayor parte son personas en tránsito que no corresponden a su “perfil”. Es por ello muy probable que sean mirados de forma “particular”, sumado a que sobretodo se les acusa de delitos contra la propiedad, algunos con violencia, y sobretodo hurtos en supermercados y locales grandes.
Tras el caso de las “niñas araña” existe amplia cobertura a los robos de casas, un delito frecuente, por cierto. Pero debe diferenciarse si la casa está habitada o no, pues ello puede incidir en el uso de la violencia y toda imprecisión sólo aumenta el miedo ciudadano.
Jamás un defensor se queda de brazos cruzados. Si se acredita un robo a la propiedad privada, se deben hacer valer los atenuantes como la minoría de edad del acusado de haberla, la falta de antecedentes penales y si hubo o no colaboración con la investigación. Siempre hay algo por hacer, incluso resguardar al imputado del acoso periodístico, que a veces atemoriza. Por estar más sereno es el abogado quien puede hacerse cargo de la situación. No se trata de coartar el ejercicio de la prensa, pero llega incluso a interrumpir el curso de las audiencias, ante todo con filmaciones y fotografías. Ello no favorece a nadie”.
Carlos Verdejo, defensor jefe de La Florida:
“En el actual sistema no cabe la mentira y por una razón práctica. Antes, el papel resistía todo, incluyendo el cambio de declaraciones. Hoy, con audiencias “en vivo y en directo” es fácil detectar a quien miente. Los jueces no son tontos. Advierten cuando les toman el pelo y no creen en un mundo de Bilz y Pap donde se buscan coartadas a base de engaños. Para imputado o víctima es pésimo negocio mentir, pues será descubierto y le irá mal. Pero es igual de nefasto para fiscales y defensores que quedarán con su credibilidad por el suelo. Si mienten, los jueces nunca más les van a creer. Es su perdición.
Son muchos los detenidos “primerizos” y les choca el nuevo sistema. Se sorprenden de que el Estado les brinde un defensor y sean oídos por un juez en menos de 24 horas. En cambio, en el antiguo sistema, un familiar llegaba a la cárcel a decirle que su abogado había “presentado el escrito” al juez y que debía esperar. Hoy ve como es defendido y no se lo cuentan. Lo vive en carne propia. Cuando trabajo para un imputado... ¡lo defiendo a muerte! Es trabajo de la Fiscalía probar su culpabilidad y tanto es así que puedo guardar silencio en un juicio y ganarlo si no puede acreditarla.
También la persecución es distinta. Un imputado ve al fiscal que le acusa cara a cara y presenta pruebas. Aquel hombre que “robó, huyó y lo pescaron” conoce los descargos de la víctima y es confrontado con sus actos. Esta es una experiencia muy dura, sobretodo en los delitos sexuales.
Tenemos un alto porcentaje de detenidos que son personas comunes y corrientes que ante la avalancha del consumo... ¡se tientan! "No sé que me pasó”, dicen después. Hemos defendido desde reincidentes hasta una profesora de escuela que robó un traje de baño por no tener dinero para regalárselo a su nieta. Y la pillaron.
El delito fundamental en la comuna es el hurto en malls y supermercados, pero hay también robo con violencia. Según diversos jueces, el hurto o robo por bajo monto no debiera ser sancionado y habría que buscar salidas alternativas. Ello porque las grandes tiendas afectadas cuentan con seguros, pero igual el Estado debe gastar altos recursos en persecución. ¡Me duele que la enorme inversión de la Reforma Procesal se emplee para proteger a multinacionales mientras se sigue asaltando a la gente en la calle! Pues éstas tienen con que defenderse, no así la abuelita a la que un “pato malo” le roba la cartera de un puro lanzazo”.
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